La Secretaría de Energía presentará hoy en una audiencia pública convocada para las 10 el diseño de una Canasta Básica Energética (CBE) que determina los criterios de inclusión y de exclusión a partir de los cuales un hogar podrá recibir subsidio a los servicios de gas y electricidad, para lo cual se estimará que el costo total no debería representar más del 10% de los ingresos totales.
De acuerdo con lo previsto, la audiencia será virtual y puede ser seguida a través del canal de YouTube de la Secretaría de Energía.
La convocatoria oficial señala que se trata de una instancia para abordar «la redeterminación de la estructura de subsidios vigentes a fin de determinar el acceso al consumo básico y esencial de luz y gas natural incluyendo la consideración de los subsidios destinados a aquellos usuarios que no tienen conexión a redes de gas natural» y que «también contempla la readecuación del esquema de subsidios previsto en el Programa Hogar», que subsidia la garrafa de GLP.
Según consignaron fuentes oficiales, en la audiencia participarán 97 expositores previamente inscriptos.
En tanto, las autoridades del Gobierno presentarán la Canasta Básica Energética (CBE) y los nuevos criterios de subsidios para usuarios de menores ingresos de los servicios de gas y electricidad.
En la ocasión, buscarán plantear la superposición e incongruencia de beneficios que, aseguran desde el Gobierno, hicieron inequitativo e ineficiente el gasto público durante años.
El nuevo esquema propuesto adoptará criterios de exclusión para aquellos hogares que cuenten, entre sus integrantes, a titulares de medicina prepaga no vinculada con el empleo que poseen en relación de dependencia.
Tampoco podrán acceder quienes hayan viajado al exterior a países no limítrofes más de una vez en los últimos cinco años, y quienes hayan comprado moneda extranjera en los últimos tres meses.
Del mismo modo, se propone excluir a quienes registren consumos en tarjeta de crédito o billeteras virtuales superiores a cinco salarios mínimos ($ 900.000 desde marzo) y consumos en telefonía móvil superiores al 25% del salario mínimo ($ 45.000).
También se excluye a los titulares de aeronaves, propietarios o miembros de directorios de empresas privadas; y a los dueños embarcaciones de lujo o de dos o más inmuebles.


