La directora del Instituto Médico Forense (IMF) y del Instituto de Medicina y Ciencias Forenses (IMCiF) del Poder Judicial, Gabriela Lamparelli, aclaró sobre versiones periodísticas referentes al tratamiento pericial de residuos de disparo e informó que no se ha dejado sin efecto algunas excusándose por el deber de investigar otras.
Respecto de tales análisis señaló que en el laboratorio de Química Legal del IMCiF se realizan con Microscopía Electrónica de Barrido con Detector de Energía Dispersiva de Rayos X (MEB-EDS) y que los procedimientos propios de la tecnología instrumental imponen plazos de entrega de 30 a 40 días promedio desde el requerimiento; el cual es consiste en un plazo inferior a otros laboratorios forenses.
En particular sobre la causa «Caballero Santiago Samuel s/ homicidio con arma de fuego» Expte. nº 39002/2022-1 -y como en cualquier otra investigación pericial ajustada a las previsiones del código procesal penal-, informó que los análisis que reclaman ya fueron practicados en el laboratorio cuando se impartieron las órdenes de procesamiento. Ello, de conformidad con la previsión legal de que la orden y dirección de la prueba es facultad de las autoridades competentes.
En tal sentido, se practicaron análisis sobre los orificios encontrados en la persona fallecida por orden de peritos de la autopsia para establecer los puntos de ingreso y probar las trayectorias de los proyectiles en el cuerpo. Así como sobre las manos del imputado, por orden de la fiscal de la causa, para establecer en ellas la presencia de residuos que probaran que se efectuaron disparos de arma de fuego.



